Pues vamos a recordarlo un poco (todo lo que viene son HECHOS, no opiniones)
La Audiencia Nacional falló en contra de los concesionarios (no propietarios como tales) con la denegación de las prórrogas de sus concesiones y avalando la orden de demolición dictada por el Ministerio para la Transición Ecológica (👉ver documento)
Motivos:
- Falta de derecho automático:
Determinó que la prórroga extraordinaria de la Ley de Costas no es un
derecho absoluto ni automático, sino una potestad discrecional de la
Administración. La concesión era de 50 años y terminó en 2018.
- Impacto ecológico: Los
informes técnicos demostraron que las viviendas inciden de forma muy
negativa sobre el sistema de dunas costeras y el Lugar de Interés
Comunitario (LIC) de la zona.
- Riesgo por temporales:
Confirmó que el avance del mar y los temporales ordinarios alcanzan
directamente las construcciones, lo que supone un peligro físico para vecinos
y visitantes y los bienes, además de impedir la regeneración natural de la
arena.
- Uso incompatible: Recordó que la normativa prohíbe mantener edificaciones destinadas a uso residencial o de habitación en el dominio público marítimo-terrestre
2- Posteriormente el Tribunal Supremo ratificó
el criterio de la Audiencia Nacional en febrero de 2023, cerrando la vía
ordinaria en la jurisdicción contencioso-administrativa:
- Denegación definitiva de prórrogas:
Rechazó los recursos de casación interpuestos por los vecinos.
- Prevalencia del dominio público:
Respaldó que los terrenos donde se asientan las casas pertenecen
legalmente al Estado (suelo público marítimo-terrestre) y que, al haber
vencido las concesiones, el espacio debe ser restituido a su estado
natural.
- Validación del derribo: Al
no existir título legal válido para ocupar la playa, el Alto Tribunal dejó
vía libre para que el Ministerio ejecute los expedientes de demolición de
los inmuebles.
También el Consejo de Estado avaló la
demolición de las casas de la playa Babilonia, al considerar que la Generalitat
Valenciana carece de competencias para anular órdenes estatales. Cuando la
demolición empezó, los vecinos usaron una treta del Gobierno Valenciano para
pararla. Ahora hay un recurso de la Administración frente al Constitucional
para denunciar esa nueva artimaña de los concesionarios.
-
Hace apenas unos días, el 16 de julio, el Tribunal
de Justicia de la Comunidad Valenciana 👉 confirmó las multas de Costas contra los vecinos que protegen con piedras las casas de playa de Babilonia en Guardamar. La
sentencia confirma la sanción contra un residente que actuó sin autorización y con
la concesión ya sin vigencia, para evitar los efectos de un temporal en abril
de 2021 y advierte que el litoral debe restituirse a su estado original
Teníais derecho de uso temporal por
una concesión administrativa que terminó en 2018.
Las prórrogas no son automáticas, hay
que solicitarlas y se os denegaron de forma argumentada. No es un capricho del
Gobierno, ni del local de Guardamar, ni del Gobierno de la nación. Son SENTENCIAS JUDICIALES FIRMES.
Lleváis 8 años de propina en la
práctica en situación de ocupación ilegal.
No tenéis ningún derecho sobre las
viviendas, salvo la retirada del mobiliario.
Las casas bloquean e impactan de forma
muy negativa sobre el Lugar de Interés Comunitario (LIC), el paisaje
protegido de las dunas costeras de Guardamar y la regeneración de la playa,
espacio de singular protección. Y suponen un riesgo físico, evidente si has
pasado por allí en los últimos años, para las personas. No digamos nada ya del
efecto sobre el paisaje y el turismo (el acceso libre por la playa estuvo
limitado durante muchos años lo que impedía pasear por la playa en esa
dirección hacia la desembocadura y el faro).
El Alto Tribunal desmontó todos los puntos en los que se basaban vuestras reclamaciones:
- dictaminó que la prórroga de 75 años es discrecional (el Estado puede denegarla si hay riesgo ambiental),
- constató que el avance del mar hacía peligroso habitar las casas y
- determinó que el interés general de recuperar la playa pública y proteger el ecosistema legalmente catalogado (el LIC) prevalecía absolutamente sobre el valor histórico o la utilidad de barrera que alegaban los vecinos
- y que los informes
del Ministerio y otros departamentos eran perfectamente válidos.
De las decenas de vídeos o entrevistas
que han hecho los concesionarios, nunca les he oído contar todo esto. ¿Por qué sera?





No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.